29 de agosto de 2011

La CVR y el 31 de mayo de 1989 “Para Que No Se Repita”

Mónica Coronado Sotelo
                                                             La Comisión de la Verdad tuvo mucho de Arguediano, porque apostó por los más humildes, los más insignificantes  - Carlos Iván Degregori


“La CVR ha constatado que el conflicto armado interno que vivió el Perú entre 1980 y 2000 constituyó el episodio de violencia más intenso, más extenso y más prolongado de toda la historia de la República. Asimismo, que fue un conflicto que reveló brechas y desencuentros profundos y dolorosos en la sociedad peruana.”

Eso dice textualmente la primera conclusión del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación Nacional –CVR, publicado el 28 de agosto del 2003. Brechas y desencuentros que ocho años después persisten como heridas abiertas a través de reparaciones individuales y colectivas pendientes y de justicia mezquina de los operadores del sistema judicial para sancionar a los responsables de los crímenes perpetrados durante ese periodo nefasto.

El conflicto armado interno acentuó graves desequilibrios nacionales, destruyó el orden democrático, agudizó la pobreza y profundizó las desigualdades y se agravaron formas de discriminación y exclusión. Evidenciándose además que, la tragedia sufrida por las poblaciones del Perú rural, andino y selvático, quechua y asháninka, campesino pobre y poco educado, no fue sentida ni asumida como propia por el resto del país. Hecho que delata el velado racismo y actitudes de desprecio subsistentes en la sociedad peruana, señala la CVR en otras de sus conclusiones.[1

Efectivamente, profunda discriminación racista por parte de la mayoría de los centros urbanos. En Lima lo que tenía atemorizada e indignada a la población eran los coche-bombas que se instalaban indiscriminadamente en distintos puntos de la ciudad por el Partido Comunista Peruano Sendero Luminoso –PCP-SL, indignación que se convirtió en un rechazo generalizado y en exigencia al Estado para terminar con la violencia, cuando dicha organización terrorista atentó contra un Edificio de departamentos de la Calle Tarata en Miraflores. Tuvo que atacarse a la clase media limeña para que el resto del país “despertara”. Hasta antes de estos sucesos, el conflicto armado interno que se vivía en las zonas rurales, andinas y selváticas más pobres del Perú y que había cobrado el mayor número de sus víctimas fatales, era ajeno y menospreciado.

Sin embargo, luego de conocer los hechos violentos y crímenes execrables cometidos durante el conflicto armado, podemos reconocer que el racismo estaba presente también en sus perpetradores. La insania y crueldad de las ejecuciones, torturas y asesinatos cometidos por agentes de las fuerzas armadas y policiales contra poblaciones campesinas e indígenas, revelan el desprecio por la vida y los derechos de estas personas. 

Pero no sólo el racismo alimentaban las violaciones a los derechos humanos y/o la comisión de delitos de lesa humanidad; también lo hacían el machismo, la misoginia y la homofobia.

En el caso de las mujeres, la CVR ha documentado prácticas extendidas de violencia sexual contra éstas por parte de agentes de las fuerzas policiales y de las fuerzas armadas, delitos que fueron instigados, permitidos o encubiertos por sus superiores jerárquicos.[2]

Estos casos de violencia sexual fueron de tal magnitud que configurarían crimen de lesa humanidad por el carácter generalizado que tuvo en algunos casos y sistemático en otros[3]

El asesinato en el Bar Las Gardenias[4]

La CVR reportó también que durante el conflicto armado se cometieron asesinatos contra personas homosexuales. Ocurrieron el 31 de mayo de 1989 cuando un grupo del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru –MRTA, asesinó a balazos a ocho personas travesti, parroquianos del Bar” Las Gardenias” en la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín.

Estos crímenes fueron reivindicados por el semanario "Cambio", órgano oficioso del MRTA, como una decisión del grupo subversivo debido a que las fuerzas del orden supuestamente amparaban "estas lacras sociales, que eran utilizadas para corromper a la juventud". El semanario, mencionó también sobre un crimen similar ocurrido en febrero, cuando el MRTA ejecutó "a un joven "homo" muy conocido en Tarapoto".

El Movimiento Homosexual de Lima (MHOL) denunció que crímenes similares ocurrieron en el departamento de Ucayali entre mayo y julio de 1990, cuando el MRTA asesinó a tres travestis. En 1992 los dirigentes del MHOL recibieron amenazas telefónicas de dicha organización subversiva. 

La CVR afirma respecto a estos hechos, que el MRTA tenía una conducta intolerante que se manifestaba estimulando los prejuicios sociales contra la homosexualidad y generando temor entre la población homosexual.

Desde el año 2003, el 31 de mayo es considerada una fecha emblemática para el movimiento de lesbianas, trans, gays y bisexuales –LTGB peruano.

Por otro lado, la CVR en las dos últimas conclusiones del Informe Final[5] considera que la reconciliación nacional será posible cuando las y los peruanos puedan ejercer ciudadanía plena, y deberá realizarse en el nivel personal y familiar, en el de las organizaciones sociales y en el replanteamiento de las relaciones entre el Estado y la sociedad en su conjunto. Estos tres niveles deberán reconocerse como un país multiétnico, pluricultural y multilingüe. Esa será la base para la superación de las prácticas de discriminación que subyacen a las múltiples discordias de la historia republicana.

El reconocimiento como país multiétnico, pluricultural y multilingüe es sin duda, fundamental para propiciar la reconciliación nacional. Pero hace falta también eliminar o remover discriminaciones de toda índole para que se puedan reconocer, respetar y proteger los derechos humanos de toda la diversidad de mujeres y hombres del Perú.

Para hacer esto posible es necesario desterrar del imaginario cultural y social, la discriminación y los prejuicios racistas, pero también las discriminaciones y prejuicios machistas, sexistas y  homofóbicos. Todos ellos polarizan, excluyen, desintegran y mantienen relaciones de dominación y violencia entre personas o poblaciones diferentes. Cuando las diferencias no son aceptadas ni respetadas y más bien son exacerbadas por los prejuicios y fundamentalismos, es que se llega a producir, por ejemplo, violencia sexual o feminicidio contra las mujeres y crímenes de odio contra  la población LTGB.

Hace ocho años la CVR identificó la práctica sistemática y generalizada de violencia sexual contra las mujeres durante un proceso de violencia política. Actualmente,  la violencia contra las mujeres persiste, los casos de violencia sexual tienen connotaciones diferentes a las del conflicto armado, pero se siguen dando. Los feminicidios se incrementan en proporciones alarmantes. La CVR identificó también el asesinato de ocho travestis en Tarapoto por ser considerados lacras sociales. En la actualidad, la discriminación, estigmatización, violencia y crímenes de odio contra lesbianas, trans, gays y bisexuales, aumentan cada vez más.

Revertir estas situaciones de discriminación y violencia es justamente unos de los grandes desafíos que tenemos como país. Sin ciudadanías plenas para todas y todos no se consolidará un Estado democrático ni habrá un país diverso e integrado y mucho menos reconciliado.

La comunidad LTGB por su parte tiene como desafío, recordar para que no se repita, generar memoria colectiva para obtener justicia, reparación y ciudadanías plenas. Asimismo, demandar un lugar en el Museo de la Memoria.

Como parte de las Reparaciones pendientes del Estado con la comunidad LTGB están, la aprobación de la ley que tipifique y sancione los crímenes de odio cometidos en base a la orientación sexual o la identidad de género, entre otros; la aprobación de la ley igualdad y no discriminación por orientación sexual e identidad de género que garantice la ciudadanía plena de las y los LTGB en la educación, salud, trabajo, consumo y seguridad personal; la aprobación de una ley nacional de identidad de género que permita el reconocimiento legal en el DNI del nombre y sexo con el cual las personas se sientan representadas; y, la inclusión de la orientación sexual e identidad de género como categorías protegidas en la Ley 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.



[1] Conclusiones 9 y 153 del Informe Final de la CVR.
[2] Conclusiones 46 y 57.
[4] Tomo II Capítulo 1.4.3 Informe Final de la CVR.
[5] Conclusiones 170 y 171.

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